Dado que con fecha 31 de marzo de 2015, la Asamblea General de la Federación de Patinaje del Principado de Asturias, reunida en sesión extraordinaria, convoca elecciones parciales a Presidente de la Federación de Patinaje del Principado de Asturias, aprobando el correspondiente Reglamento Electoral y la constitución de mesa electoral, y habida cuenta que, tras ser devuelto el citado Reglamento para subsanación de deficiencias mediante Resolución de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de 13 de abril de 2015 sin que hasta la fecha haya sido convocada la Asamblea General a tal efecto, y teniendo en consideración que el proceso electoral ya iniciado (y sin finalizar) puede solaparse con el que se ha de llevar a cabo necesariamente en el año 2016; al amparo del artículo 15 de los Estatutos Federativos, con carácter de especial urgencia por las razones antedichas, se convoca Asamblea General Extraordinaria de la Federación de Patinaje del Principado de Asturias para el próximo día 28 de octubre de 2015, a las 19:00 horas en primera convocatoria y a las 19:30 en segunda, en el Salón de Actos del Edificio Administrativo, C/ Coronel Aranda, 2 , en Oviedo con el siguiente orden del día:
- Constitución de la Asamblea General
- Subsanación de deficiencias y aprobación del reglamento y calendario electoral en las elecciones parciales a Presidente.
Desde la fecha de publicación de esta convocatoria, se encuentra disposición de los Asambleístas, para su examen, la documentación relativa al punto segundo del Orden del día, en la página web http://deporteasturiano.org y en la Dirección General de Deporte (C/ Eduardo Herrera “Herrerita”, s/n. 2ª planta, Edificio Buenavista. Oviedo)
Se recuerda que el representante legal de los clubes deportivos miembros de la Asamblea es el Presidente de la entidad, quien ha de figurar inscrito como tal en el Registro de Entidades Deportivas. En el caso de que la entidad acuda representada por quien no sea el Presidente de la misma, dicha persona deberá acudir con su DNI y documento que le otorgue la representación. Por los motivos expuestos, sólo podrá acudir una persona por cada club miembro de la Asamblea.